sábado, 6 de noviembre de 2021

Una sentencia de las buenas, polémica y con miles de afectados




 A la espera de la publicación de la sentencia íntegra del Tribunal Constitucional sobre el conocido como impuesto de plusvalía municipal, nadie ha quedado satisfecho y mientras desde las asociaciones de consumidores afilan los cuchillos para las demandas colectivas, en Hacienda se devanan los sesos para plantear las bases del nuevo impuesto, que llegará y en los municipios lloran las pérdidas, preparándose para las reclamaciones que van a llegar, por centenares y miles, a cada uno de ellos.

El tribunal considera que el cálculo que realizan los ayuntamientos para cobrar el impuesto es inconstitucional al no corresponderse con la realidad y vulnerar el principio de capacidad económica que recoge el artículo 31 de nuestra Carta Magna. Por ello anula tres apartados del artículo 107 de la Ley de Reguladora de las Haciendas Locales, que regulan elementos esenciales del tipo, como la base imponible; o el método de cálculo del valor del terreno.

La actuación del Constitucional estaba cantada desde que en 2017 dictaminó que el tributo no podía exigirse en caso de pérdida en la transmisión del inmueble; en el 2019 falló que no se liquidaría cuando su importe fuera superior a la ganancia real obtenida por el contribuyente. Y con esta última sentencia anula directamente la posibilidad de recaudarlo, tumbando el sistema con el que se calcula.

Y aunque los ayuntamientos están muy quejosos con la situación, que les llega en un momento en que ya estaban aprobando los presupuestos para el próximo año, la realidad es que en esta sentencia el Constitucional les da una de cal y otra de arena. Les quita la posibilidad de disponer del impuesto durante unos meses -ya está Hacienda trabajando para ver de restaurarlo con otros conceptos o hacer una nueva ley- pero también intenta impedir las posibles reclamaciones de miles de consumidores.

La plusvalía municipal, cuyo nombre correcto es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), grava el beneficio que obtienen por la revalorización del suelo público aquellos contribuyentes que venden un inmueble, lo heredan o lo reciben en donación. Cuando se vende una vivienda, es el vendedor quien tiene que pagar el impuesto pues es el que recibe el dinero de la venta. Por el contrario, en una donación el pago del impuesto corresponde a la persona que acepta el inmueble; lo mismo que sucede a los herederos de una vivienda que tienen la obligación de pagar la plusvalía municipal. Y la cifra oscila, de forma mayoritaria, en una horquilla de entre 3.000 y 6.000 euros, aunque puede suponer mucho más.

Esta cifra que se paga por la plusvalía representó algo más de 2.500 millones para las arcas de los algo más de 8.000 municipios españoles. Y es que para los ayuntamientos este impuesto es el segundo en importancia después del IBI, representando entre el 6% y el 8% del total de sus ingresos.

Y ante su desaparición, al menos durante algunos meses, todos están haciendo balance de pérdidas y según su color político acusando a Sánchez de no haber previsto la situación e incluso ya poniendo el cazo. El Madrid de Almeida, que es el más belicoso de todos, podría perder 500 millones, aproximadamente el 10% de su presupuesto y no poder realizar todas esas bajadas de impuestos que estaban previstas. Bastante menos pierde Colau en Barcelona, que no llegará a los 180 millones de euros. Con cantidades que oscilan entre los 15 y los 25 millones se encuentran Valencia, Sevilla y Alicante. Algo más del doble dejará de ingresar Málaga, lo que ha llevado a su alcalde, Paco de la Torre a pedir el respaldo del Gobierno asegurando que se encontrarán en una situación grave.

La preocupación de los alcaldes por sus presupuestos e ingresos tributarios se convierte en indignación cuando se pone el objetivo en las asociaciones de consumidores. Y es que el capotazo a los ayuntamientos que supone la no retroactividad de la resolución del Constitucional tiene toda la pinta de terminar en Luxemburgo.

En concreto el Constitucional, en una decisión que recuerda mucho a las del Tribunal Supremo protegiendo a los bancos, ha intentado evitar una avalancha de reclamaciones que puedan comprometer las arcas municipales y lo hace a expensas de los usuarios, que para estas cosas son siempre las víctimas propiciatorias.

Dice el Alto Tribunal que “ no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en la presente sentencia aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme”, Es cosa juzgada y ante esta figura legal no hay discusión posible, pero añade el TC, no queriendo dejar cabos sueltos y aquí si que incurre en posibles complicaciones en Europa, que “ también se considerarán situaciones consolidadas “las liquidaciones provisionales o definitivas que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse esta sentencia y las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada”.

Y es este último párrafo el que ha hecho saltar a todas las asociaciones de consumidores. Tanto OCU, como FACUA y Asufin se tiran al cuello del tribunal y le advierten de las consecuencias. Porque el TC se contradice a si mismo y a la Constitución que en su artículo 164 establece que las sentencias del Tribunal Constitucional tienen valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, no desde que se dictan. Sin olvidar que en la propia web del Constitucional se dice que las sentencias sobre cuestiones de inconstitucionalidad, como esta que nos ocupa, producen efectos generales desde la fecha de publicación en el BOE.

Cuando se trata de beneficiar a la Administración o a las empresas estos supremos de la Justicia tuercen y retuercen sus propias normas y siempre en perjuicio de los más débiles que son a los que deberían defender. ¡Curiosa Justicia la de este país!

Facua ya ha puesto en marcha una plataforma para reclamar teniendo en cuenta que, con lo manifestado por el TC, no serían firmes aquellas liquidaciones del impuesto que están dentro del plazo legal para ser recurridas, las que se encuentran recurridas y están pendientes de resolución y aquellas resueltas pero sobre las que es posible presentar recurso. Tampoco serían firmes las autoliquidaciones que hubieran presentado los usuarios en los últimos cuatro años.

Por su parte la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera lamentable que el Tribunal Constitucional vaya a fulminar cualquier posible esperanza de recuperar su dinero a los contribuyentes que pagaron injustificadamente ese impuesto, como aparentemente reconoce el propio Tribunal, dando la razón a los morosos y a los que retrasan los pagos hasta el límite recurriendo cualquier decisión administrativa.

Es la Asociación de Usuarios Financieros, Asufin, la que se muestra más indignada y belicosa con la actuación del TC. Patricia Suárez, su presidenta, asegura que “la no retroactividad que incorpora supone una vulneración de la tutela judicial efectiva consagrada por Europa, completamente flagrante, y que sin duda requiere una aclaración por parte del TC”.

La sentencia provoca “sorpresa, indignación y frustración” entre los ciudadanos – añade Suárez- que ven que “nuestros tribunales cometen el mismo error” y tiene que venir Europa a recordarles los derechos de los ciudadanos. Se refiere a la sentencia del Tribunal Supremo con la cláusula suelo en la que se introdujo una inadmisible no retroactividad que Luxemburgo enmendó. En todo caso, ese “error” de nuestros tribunales va siempre en la misma dirección, la de retorcer la aplicación de la Justicia para que sirva a unos fines diferentes de los que tiene como finalidad; defender a los débiles frente a los intereses de los poderosos.

La presidenta de Asufin asegura que “el Tribunal Constitucional extiende la sentencia de manera injustificada a resoluciones administrativas considerándolas consolidadas, liquidaciones, provisionales o definitivas, que no hayan sido impugnadas a la fecha de la sentencia y a autoliquidaciones, cuya rectificación no haya sido solicitada a la fecha”. El objetivo de la decisión está muy claro: “evitar la avalancha de reclamaciones justas de personas que han pagado una plusvalía siguiendo una metodología de cálculo errónea que no sabían que era reclamable y que ahora el Tribunal Constitucional pretende cerrarles todas las puertas para salvar el sistema económico municipal”.

No debiera sorprendernos la decisión del Constitucional, que no es salomónica, aunque lo parezca y que va en la línea de muchas sentencias de las altas instancias judiciales del país, salvaguardar los intereses de unos pocos frente a los de la mayoría. Obvia el tribunal las consecuencias que traerá la sentencia, con grandes posibilidades de ser enmendada por Luxemburgo, ya que hasta ignora la Constitución y sus propias normas. En el fondo de la cuestión, como casi siempre, unos miles de millones que no debieran haber cambiado de manos y unos contribuyentes indignados por haberlo sido. Ya iremos viendo pero tiene pinta de ir para largo.

Periodista económico


domingo, 31 de octubre de 2021

¡ Al Constitucional que vas!


Con la aprobación en el Consejo de Ministros del anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda que, entre otras cosas, va a permitir la conflictiva limitación de precios del alquiler en zonas tensionadas, se cierra una larga etapa de maduración, que ha durado más de lo previsto y comienza otra en la que presenciaremos duros enfrentamientos políticos y parlamentarios.

El Gobierno tiene prisa en que la Ley se ponga en marcha y por ello va a tramitarse por el procedimiento de urgencia, lo que no impedirá que, de aprobarse, tarde un año en el trámite parlamentario, con lo que, como pronto, no podría estar en vigor hasta principios del 2023.

La Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Jone Belarra, ha manifestado al respecto que la Ley va a permitir «avanzar en la garantía del derecho a la vivienda y ponerle coto a la especulación inmobiliaria, que es una de las grandes lacras de nuestro país». Son más de 3 millones de compatriotas los que sufren un sobreesfuerzo para pagar el alquiler dedicando más del 30% de sus rentas, “y esto es insostenible” ha añadido Belarra.

La nueva Ley que comienza su andadura pretende dotar a las Comunidades Autónomas y ayuntamientos que, no lo olvidemos, son los que tienen las competencias, de las suficientes herramientas para regular el alquiler en las denominadas zonas tensionadas, poniéndose del lado de los arrendatarios y exigiendo una actuación responsable a los grandes propietarios.

Para lograr sus objetivos la Ley actuará en varios puntos fundamentales; entre ellos, el establecimiento de zonas de precios tensionadas para la reducción de los alquileres, la reserva del 30% de las nuevas promociones para vivienda social y los incentivos fiscales para la reducción voluntaria de precios.

Es la limitación de los precios de los alquileres en estas zonas tensionadas, a las personas físicas o jurídicas que dispongan de más de diez inmuebles, la intención que más rechazo ha generado, tanto entre los grandes fondos de inversión, o fondos buitre como se les quiera llamar, como entre los partidos de la derecha, sus defensores a ultranza. Por tener unos números claros, en Madrid hay 26.573 titulares con más de 10 inmuebles, según los datos del Catastro, seguida de Barcelona (25.640) y Valencia (16.147).

A estos grandes tenedores se les limitará el precio de los alquileres en las zonas tensionadas basándose en un índice oficial. Al resto de propietarios en esas mismas zonas, se les limitará el incremento de precios al 10% sobre la última renta del contrato anterior. La declaración de estas zonas tensionadas será un papel reservado a las Comunidades Autónomas que, a petición de los municipios, lo podrán solicitar si la renta de alquiler supera el 30% de los ingresos medios por hogar y si en los últimos cinco años ha subido cinco puntos por encima del IPC.

La situación que devendrá será muy frustrante para ayuntamientos que quieran ayudar a sus vecinos y lo soliciten en comunidades autónomas gobernadas por el PP, ya que el partido ha asegurado que no declararán zonas tensionadas. Tranquilidad para los buitres y ajo y agua para los inquilinos. Por eso los distintos movimientos de vivienda exigen que los ayuntamientos tengan autonomía para declarar las zonas tensionadas y evitar así las maniobras de los chicos de Casado.

Una medida que no gustaba a Podemos pero que ha sido finalmente incluida, son las desgravaciones fiscales que se aplicarán a los nuevos contratos; de un 50% de forma general en el IRPF y que podrá llegar hasta el 90% de bonificación cuando los arrendatarios rebajen un 5% el precio de sus alquileres.

La Ley intenta amortiguar la gran carencia de vivienda social que padecemos y para ello establece una reserva del 30% del suelo urbanizado en las nuevas promociones para vivienda pública destinándose la mitad para alquiler.

Y en cuanto a otro de los caballos de batalla de los movimientos sociales, la gran cantidad de vivienda vacía que hay en nuestro país y que debería llegar al mercado, la Ley, que la especifica como aquella que lleva más de dos años vacía y cuyo propietario tiene más de cuatro en propiedad, permitirá a los ayuntamientos recargos de hasta un 150% del IBI para animar su salida al mercado del alquiler.

Otro de los epígrafes del anteproyecto contempla la interrupción de los desahucios a familias vulnerables por impago del alquiler, que podrán ser suspendidos de oficio por los juzgados durante dos meses, si el demandante es una persona física, y durante cuatro meses si es persona jurídica.

Salvando las distancias entre los socios de Gobierno y sus apoyos parlamentarios para la aprobación de la Ley, con un ERC y un PNV que la miran de reojo por posibles problemas competenciales, el mayor inconveniente para la puesta en marcha de esta legislación es la posición ultramontana y anti todo del Partido Popular, que ya ha asegurado que no la aplicará en las distintas comunidades autónomas en las que gobierna. Lo que es un nuevo varapalo para muchos de esos 3 millones de inquilinos que existen en el país y que se van a ver discriminados en razón de su residencia.

Su presidente, Pablo Casado, ya anunció, incluso antes de conocer su contenido, que la iban a recurrir ante el Constitucional, por el ataque sin precedentes que supone a la propiedad privada y la inseguridad jurídica que conlleva.

La revuelta conservadora llega hasta los consistorios que amenazan -los del PP, claro está- que no van a subir el impuesto de bienes inmuebles para “castigar” a los propietarios de viviendas desocupadas. Como Almeida, que lo afirma con rotundidad mientras se queja de la disminución de ingresos por la plusvalía municipal que él mismo estaba bajando, al igual que sucesiones, basuras y otros conceptos…todo un sinsentido que sólo se entiende por el NO al Estado del que se han excluido.

Y si para defender a los propietarios de esos 150.000 pisos que existen en zonas presumiblemente tensionadas, Casado está dispuesto a llegar al Constitucional, para defender la reforma laboral de Rajoy, hecha sin consenso ni diálogo social, se irá hasta Bruselas para denunciar a España por la falta de consenso.

Porque este es el problema con la posición radicalizada en la que se ha situado el Partido Popular, sus denuncias y actuaciones van en contra del Estado y de los millones de habitantes para los que unas mejores condiciones de vida, con vivienda digna, trabajo no esclavo y suministros a precios asequibles para sus sueldos, son muy deseables. Son decenas de millones que para el PP pesan menos en la balanza de su política que los fondos buitre y los grandes empresarios del sector bancario y eléctrico. La plutocracia por encima de todo.

Ha sido en el Congreso Nacional de la Empresa Familiar celebrado en Pamplona en donde el líder de la derecha se ha desmelenado asegurando que fomentará “el crecimiento empresarial quitando las barreras sindicales, fiscales y laborales”, lo que muestra claramente sus intenciones si algún día llega a la Moncloa y recuerda demasiado por desgracia a las intenciones de la CEDA en los años 30. Lo que por supuesto olvida Casado es la declaración del FMI respecto a la reforma laboral de Rajoy, denunciando que incrementó la pobreza entre los trabajadores.

Por supuesto que ni la futura Ley de Vivienda ni la derogación de la reforma laboral son los únicos aspectos en los que Casado toma partido por las oligarquías e intenta vulnerar al Estado ignorando a la inmensa mayoría del pueblo español. Claro que en esto va correspondido, porque también el pueblo pierde la memoria el día que va a votar y de forma generosa, altruista y suicida vota por el mantenimiento de los beneficios del IBEX, olvidando que lo sacan de su bolsillo.

Muy paradigmática es también la postura del PP, compartida por VOX, con las medidas tomadas por el Gobierno para abaratar en lo posible la factura de la luz. Y es que reducir los beneficios de las eléctricas no les ha gustado nada y han sacado toda la artillería verbal para defenderlos. Cuca Gamarra, Javier Maroto y Pablo Casado, al alimón, han competido para comprobar quien era capaz de llenar titulares con la barbaridad más grande. Y así, las palabras expropiación, social comunismo, meter la mano en las empresas, intervención…aparecieron en los medios para justificar la posición que ambos partidos quieren tomar en el Congreso para tumbar las medidas tomadas para abaratar la luz.  Ellos lo tienen claro, hay que eliminar los impuestos en el recibo eléctrico y cargarlo todo a los Presupuestos Generales del Estado para que haya que subir los impuestos creando malestar general y sin tocar los sacrosantos beneficios que con nuestro sudor ganan las eléctricas. Y habrá quien lo comparta. Rizando el rizo y cayendo en el esperpento, lo que se le da muy bien,  Espinosa de los Monteros ha pintado un panorama sobrecogedor, con unas hidroeléctricas y nucleares pidiendo por las calles para poder sobrevivir.

Hay que ir finalizando, pero sin olvidar el escándalo que supone la no renovación del CGPJ y aunque el líder se escude en no querer ver jueces comunistas en la cúpula judicial o esgrima que los magistrados se tienen que elegir entre ellos, todos sabemos que la Gúrtel y la Kitchen son la verdadera causa de los jueces caducados y caducos. Ir colocando magistrados en los puntos clave es la labor de ese que concentra todo el poder y fue Director General de Justicia con José María Aznar. Se llama Carlos Lesmes y el pobre no se va a poder jubilar hasta que consiga exonerar al PP y a Mariano Rajoy de todos los marrones que arrastran por culpa de ese advenedizo que se llama Bárcenas. Y el tema va para largo.

Amenazando con el Constitucional, el primo de Zumosol o Bruselas, atacando al Estado envuelto en la bandera patria, que todo es posible y lo explican en los másteres, soltando exabruptos más propios de hace 80 ó 90 años, defendiendo a ultranza la plutocracia y el neoliberalismo más radical, junto a la ocultación de la corrupción, el líder del PP, con la camarilla de su partido detrás, muy bien auxiliados por VOX, están creando un malestar social y un enfrentamiento y crispación generalizada que hacía mucho tiempo no se veía. Tanto que hay que ir a las hemerotecas para documentarse. Y no es bueno.

La mayoría de los españoles se las ve muy duras para llegar a fin de mes, los gastos en vivienda y suministros básicos, que suben sin cesar, se comen unos sueldos raquíticos -media de 1.300 euros- que cuesta incrementar porque nuestras empresas sólo saben encontrar la competitividad en los bajos salarios. El mercado no regula nada y esa es la gran mentira que como un mantra nos repiten una y otra vez, son los lobbys empresariales defendidos por sus peones políticos los que lo hacen; y por eso es preciso regularlo desde el Estado, para que la especulación no acabe cebándose en el rebaño, como sucede casi siempre.

Periodista económico

Eduardo Lizarraga

WWW.AQUIMICASA.NET

miércoles, 1 de febrero de 2017

Némesis llega a la banca




La banca española está viviendo sus peores momentos en  muchísimos años, acosada por sentencias contrarias en España y en Bruselas, con un euríbor  que persiste en el terreno negativo y la absoluta percepción entre los consumidores –sus clientes- de que es “el malo de la película” y que antes de entrar en una sucursal hay que pensárselo de nuevo y sujetarse bien la cartera.

Es la consecuencia de decenios, quizá un siglo, de leyes favorables a sus intereses y que en muchos casos han sido promulgadas a su dictado, frente a los intereses de los clientes sufridores. Todo les fue bien mientras controlaron al poder  político y por lo tanto al judicial español -recordemos su rescate gestionado en tres días-, pero la integración de España en la UE colocó, por encima del Tribunal Supremo, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que estaba, al menos lo parece, fuera de su alcance.

La condena por parte de Bruselas de la cláusula suelo, por abusiva, no es el único varapalo que ha recibido la banca española en éste último año, ni posiblemente sea el que mayores perjuicios le va a causar, a pesar de los aproximadamente 5.000 millones que se estima tendrán que devolver por esta cláusula abusiva.

Primero supimos que los 30 euros que cobraban las entidades financieras por notificarnos un descubierto eran un abuso y no lo podían cobrar,  ya que no son intereses de demora, sino un servicio que el usuario no ha solicitado.

A continuación se condenó a la banca por otra cláusula abusiva, la que obligaba al hipotecado a pagar todos los gastos, comisiones e impuestos de su hipoteca.  Varios bancos ya han retirado la cláusula de sus hipotecas y en su publicidad aparece la frase “te quitamos los gastos hipotecarios” como si fuera una gentil gracia que nos concedieran. Pero no van a  poder evitar que millones de hipotecados –la cláusula ahora considerada abusiva e ilegal estaba en TODOS los contratos hipotecarios- recurran a los tribunales para recuperar lo que es suyo; una cantidad que oscila entre los 3.000 y 6.000 euros por afectado. La cantidad total de lo defraudado vuelve a ser astronómica.

De Bruselas nos llega la última sentencia que considera abusiva y por lo tanto ilegal, la cláusula de vencimiento anticipado que también incorporan TODOS los contratos hipotecarios.  Esta cláusula permite al banco declarar vencido el préstamo antes del plazo pactado y reclamar de manera anticipada al hipotecado,  el importe total de la deuda en determinadas circunstancias, como el impago de alguna de las cuotas. E invocándola se han realizado centenares de miles de ejecuciones hipotecarias y desahucios desde el 1 de enero de 1995, fecha en que debieron haber sido implementadas las medidas contenidas en la directiva 93/13/CE. La actual legislación hipotecaria española, que ni gobiernos de toda índole ni entidades financieras han querido corregir, sigue siendo contraria a la normativa UE en materia de derechos de los consumidores, afectando también a un Derecho Fundamental que es el Derecho a la Vivienda.

El TJUE respondió de esta manera a una cuestión prejudicial elevada el 10 de septiembre de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santander (Cantabria), sobre la validez de una cláusula de vencimiento anticipado presente en la hipoteca firmada con Banco Primus. Cuestión prejudicial a la que se sumaba, hacía un año,  la elevada por el juez Jesús Alemany Eguidazu, del Juzgado de Primera Instancia de Fuenlabrada (Madrid), que permitió a Bankia ejecutar una hipoteca para quedarse con la vivienda, ante el impago de una única cuota.

Hay que recordar que el Tribunal Supremo ya declaró la nulidad parcial de este tipo de cláusulas abusivas, pero proponía substituir el inicio de la ejecución hipotecaria de 1 impago a 3, como  se incluyó en la Ley 1/2013. Para ello, el Supremo tuvo en cuenta que en 2012, una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil permitía a las entidades ir a la ejecución,  tras esos tres impagos. Pero el TJUE ha dicho que eso no es posible. La cláusula abusiva se debe tener «por no puesta» y el juez debe limitarse a retirarla del contrato. Tanto esta ley, como el Tribunal Supremo, no han parado de recibir varapalos en las 8 sentencias del TJUE que ya acumula España y su Ley Hipotecaria.

La sentencia  del TJUE  supone en la práctica, que  el  incumplimiento  debe ser grave y contempla que  el consumidor pueda reaccionar y pagar los plazos pendientes y no lo haga. Si un juez español aprecia que no se cumplen esas dos condiciones, tendrá que declarar nula la cláusula de vencimiento anticipado y sobreseer la ejecución hipotecaria instada por el banco. De esta forma la entidad bancaria ya no podrá recurrir a este sistema privilegiado de reclamación,  porque la ejecución hipotecaria se habrá cerrado, En su lugar, el banco tendrá que acudir por la vía civil para exigir al consumidor las cuotas pendientes,  pero nunca la devolución completa del crédito,  ya que la cláusula es nula.

La PAH  ha informado de que va a «reclamar la declaración de nulidad de todas las ejecuciones hipotecarias y los desahucios que se han producido desde 1995». «Y lo hacemos con la razón que nos da el Tribunal de Justicia de la UE».  Sin embargo, según fuentes jurídicas, como en el caso de las cláusulas suelo la decisión del tribunal de Luxemburgo no puede alcanzar a los casos ya resueltos en firme. Sí a todos los puestos en marcha por los bancos y ligados a la cláusula abusiva. Y en particular a los paralizados a la espera de la respuesta del tribunal de la UE.  En esos casos los bancos deberán iniciar un nuevo procedimiento para reclamar las deudas.

Además, la sentencia del TJUE incluye otro revés para la banca, ya que extiende el plazo en el que se puede alegar ante el juez -o el juez detectar por sí mismo- la existencia de una cláusula abusiva.  De hecho, el representante del Gobierno de España  -¡Manda h…! como diría el  conocido Trillo- pidió que ni siquiera se estudiase el caso, porque la alegación del hipotecado había llegado fuera de plazo, cuando el juez ya había acordado la entrega del inmueble al banco. La respuesta del alto tribunal europeo es que el procedimiento sigue hasta que el inmueble se entrega de forma efectiva a la entidad. Así que hasta el último instante se puede detectar un abuso y denunciarlo.

A los bancos les ha llegado su némesis y lo que estamos contemplando, sobreviene por décadas de abusos y robos,  por el hybris que dirían los griegos, es decir, la soberbia de haberse creído superiores a todos los demás y de estar por encima de las leyes;  actuación que ya entonces se consideraba causa fundamental de todos los infortunios.  Y si los bancos ya están teniendo su némesis, sería bueno que el sector eléctrico, culpable de los mismos pecados, abusos y artimañas, asimilara la situación en una verdadera catarsis y entendiera que el abuso continuo siempre tiene su fin y su castigo.














Eduardo Lizarraga
WWW.AQUIMICASA.NET

miércoles, 25 de enero de 2017

Lo han vuelto a hacer



Después de varios intentos fallidos,  el Gobierno, con el apoyo  de sus cómplices necesarios, PSOE  y C’s,  han sacado a la luz un decreto-ley,  aprobado el pasado viernes 20 de enero, con el objetivo de crear un procedimiento extrajudicial, que favorezca la los bancos en la devolución del dinero cobrado de más por la cláusula suelo.  No es un decreto ley que facilite la devolución automática del dinero y favorezca a los estafados,  que era lo debido, sino todo lo contrario.

De entrada, el decreto-ley ni obliga a los bancos a nada, ni establece ningún tipo de sanción para las entidades financieras que decidan no adherirse al sistema extrajudicial de reclamaciones, ni  tampoco para las que se nieguen a devolver todo el dinero a los afectados.  En realidad el decreto tiene como objetivo librar a los bancos de los costes judiciales -que una vez más pagaremos entre todos-  y que puedan acudir a los juzgados a machacar con costes o demoras a los usuarios que se resistan a aceptar lo que ellos dictaminen.

El decreto ya estaba cocinándose, cuando el pasado 21 de diciembre llegó el mazazo de la sentencia de Bruselas, que va a ser  la verdadera razón de que los bancos devuelvan el dinero estafado más los intereses y no por las actuaciones del Gobierno de Rajoy.  Recordemos,  que el Tribunal Supremo había decretado la no retroactividad del dinero cobrado de más anterior a mayo del 2013.

Todos los partidos políticos implicados,  como si se hubieran puesto de acuerdo,  con Luis de Guindos en cabeza, salieron a la palestra a explicar las bondades del decreto  para los usuarios y que se había llegado a buen puerto  por su generosa y benéfica intervención.  El Ministro de Economía justificaba el decreto afirmando que con el mismo se pretendía evitar el elevado coste que tendría para la Administración de Justicia. Nada más lejos de la realidad,  ya que el que paga las costas es el que pierde el juicio y estos iban a ser los bancos. Luego el decreto pretende, por lo tanto, ahorrarles el coste del litigio.

Pero además,  el mecanismo extrajudicial aprobado por el Gobierno cede el arbitrio de la situación a las propias entidades financieras, que pasan a ser juez y parte y vuelven a tener la sartén por el mango, que es lo que le gusta a la banca española y a lo que está acostumbrada. Hasta van a poder acordar con el usuario, el pago de las cantidades estafadas en activos financieros propios, lo que le beneficia claramente en perjuicio del estafado.

Pero el lobby bancario es poderoso y su influencia en el Gobierno es inmensa.  Durante el plazo de tiempo en que se sustancie la reclamación previa –que no será superior a tres meses,  más el mes de preparación-, “las partes no podrán ejercitar contra la otra ninguna acción judicial o extrajudicial en relación con su objeto”. Es decir, durante esos cuatro meses  los afectados tendrán que seguir pagando la estafa de la cláusula suelo y los bancos seguirán percibiendo el extra, con el beneplácito del gobierno y el apoyo incondicional de PSOE y C’s.

No acaban aquí los logros bancarios conseguidos en esa negociación secreta y de la que los consumidores han estado ausentes,  sino que rizando el rizo para unas entidades financieras que se ven liberadas de los costes judiciales, se advierte al usuario que no se acoja al procedimiento extrajudicial del gobierno y denuncie a la entidad financiera,  que podría acabar pagando las costas si el Juzgado establece  que la cantidad estafada y que tiene que devolver el banco, es inferior a la ofertada por la entidad.

A la banca y al Gobierno, los 122.000 millones de euros en ayudas, reconocidos por el Banco de España y que otras fuentes casi duplican, no les parece óbolo suficiente y se les vuelve a proporcionar una inestimable descarga de gastos en los que tendrían que incurrir por su conducta estafadora, un alargamiento del plazo para pagar y, posiblemente,  un descuento en la cantidad total a desembolsar, que podrá no ser en dinero.

Lo más lógico y esperado por los casi tres millones de estafados, hubiera sido la promulgación de un decreto que obligara a los bancos de oficio a revisar los contratos, y devolver aquellas cantidades cobradas de forma abusiva. De esta forma las visitas a los tribunales hubieran sido mucho menores y tan sólo se hubieran producido en los casos de discrepancias entre banco y estafado. Y todo ello sin olvidar las sanciones,  ausentes, pero que hubieran debido llegar por una actuación, que constituye el mayor fraude perpetrado en nuestro país. Pero en España nadie se atreve a multar a los bancos que tienen todos los derechos y por lo visto pocas o ninguna obligación.

Una vez promulgado el decreto, el Gobierno ha invitado a las asociaciones de consumidores y usuarios a que participen en una comisión de seguimiento. Pero pudiera ser que se quedaran tan solos como cuando lo elaboraron con la única ayuda o directriz del lobby bancario. Es más, algunas asociaciones de usuarios ya han anunciado medidas legales contra este decreto en el caso de que los bancos se nieguen a devolver todo el dinero a los estafados. 

Lo han vuelto a hacer. El Gobierno a ayudar a los bancos, éstos a salirse con lo que querían, los estafados a no tenerlo claro a pesar de la sentencia europea y las asociaciones de consumidores a verse ninguneadas. Bruselas asoma de nuevo en lontananza.











Eduardo Lizarraga

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jueves, 19 de enero de 2017

De los creadores de la cláusula suelo llega la tasación imaginativa




Y para demostrar que la fascinante gestión hipotecaria de los bancos, la que originó la burbuja inmobiliaria, fue una gigantesca estafa, de los mismos autores de la cláusula suelo y de “tú pagas todos los gastos” ahora llega a los tribunales la tasación imaginativa.

Por fin se ha hecho caso a multitud de quejas y reclamaciones presentadas y la Fiscalía Provincial de Madrid ha denunciado a la sociedad de tasación Valtecnic S.A por un delito de estafa. Estafa que afecta a decenas de miles de préstamos hipotecarios en España: las tasaciones realizadas para formalizar la hipoteca se basan en la comparación de inmuebles inexistentes, datos falseados y valoraciones de ofertas cuya existencia la tasadora no ha podido demostrar. Se han tasado los inmuebles muy por encima de su valor.

Fue la solución imaginativa de los bancos para hacerse con un gran mercado de hipotecas, en un momento en que el valor de las casas no cesaba de subir. Para ello, sin tener en cuenta los bajos ingresos de los solicitantes, se elevaban de forma fraudulenta los valores de la vivienda, para así poder sortear los límites impuestos por el sistema de valoración de riesgos de la entidad.

Era un momento de abundancia de dinero traído del futuro y la entidad financiera que concedía el préstamo, necesitaba que el deudor creyera que tenía entre sus manos una vivienda cuyo valor era mucho más alto de lo que realmente valía. De esta forma embarcaba al cliente en la compra de un bien que probablemente no podría pagar. El argumento era tosco y la masificación del mismo entrañaba grandes riesgos, como luego se demostró: “la casa es cara, pero como vale mucho más, si no puedo pagarla la vendo y al menos saco un dinero”. Pero las viviendas bajaron de precio y el drama se generalizó.

Con esta denuncia de la Fiscalía de Madrid se prevé la llegada de miles de querellas contra las tasadoras en primer lugar y contra los bancos a continuación, como responsables civiles subsidiarios, por incorporar tasaciones fraudulentas a la inmensa mayoría de préstamos hipotecarios. Un panorama aterrador para los bancos, en el que se puedan tener que revisar todas sus tasaciones.

El sistema utilizado por la tasadora Valtecnic y denunciado por la Fiscalía, ha resultado ser el mismo en todos los casos analizados. Y es un sistema que se extiende casi por igual a la mayoría de las tasadoras que actualmente prestan sus servicios. La entidad financiera a la que se solicita la hipoteca ofrece los servicios de una sociedad de tasación “amiga” o “con la que trabajamos de forma habitual”, o “gente seria ¡oiga!”, “le tratarán bien”, que valorará la vivienda a hipotecar a través del llamado método de comparación. Este método ya ha sido declarado sistema ineficaz por el Tribunal Supremo en una reciente sentencia contra las valoraciones de los justiprecios expropiatorios en la Comunidad de Madrid.

Con la aplicación de este sistema, la sociedad de tasación debe buscar al menos seis operaciones de compraventa de vivienda en la zona y con características similares, ver los valores, desechar aspectos especulativos y con sus precios, hacer una media ponderada que dará como resultado el valor de nuestra casa.

Esta es la teoría a aplicar, que dista mucho de la práctica realizada. Porque donde la sociedad Valtecnic veía un bloque de casas de las que analizaba su precio, la realidad luego mostraba un solar vacío, se valoraban casas en números de calles inexistentes, los m2 de la vivienda parecían de chicle de lo que se estiraban, las terrazas se transformaban en habitaciones y las azoteas en dúplex. Y además aparecían, por arte de birlibirloque, multitud de ofertas de viviendas en la zona que luego, a la hora de mostrarlas al afectado, ya no existían o carecían de padre y madre.

El resultado de estas prácticas, realizadas por la tasadora y aceptadas como buenas por los bancos, es un certificado de tasación ficticio e inflado. Y si la tasación es fraudulenta por el método utilizado, las responsabilidades que se inician en el tasador, por incorporar datos falseados a un documento mercantil, alcanzan de lleno al banco que deberá enfrentarse a las responsabilidades civiles por las que los querellados les demandan.

Hay que entender la gravedad de lo acaecido y la larga vista de las entidades financieras desde un doble sentido. Primero, al elevar de forma fraudulenta la tasación inicial, también elevaron la tasación que tendrá el inmueble a efectos de subasta en caso de desahucio. Además, estos valores de tasación servían como referencia de valor para las operaciones que la entidad realizaba en el mercado financiero respaldada por esas hipotecas infladas; es el origen de los bonos basura.

En el caso de un desahucio, una tasación alta en origen puede causar que, sobre todo con la bajada de precio del inmobiliario, el 75% del valor de la tasación con que sale a subasta quede muy lejos de su valor real de mercado; y por lo tanto al banco le sea fácil quedarse con el bien hipotecado por el 60% de la tasación, como la ley le permite y hasta luego vender el bien a su precio de mercado, hacer negocio y dejar al afectado con una deuda de por vida.

La banca ha resuelto sus problemas con una ingente cantidad de dinero público –hasta 200.000 millones es la mayor de las cifras que se hablan- y ahora hace negocio con las viviendas de unos desahuciados que se quedan sin casa y con una deuda.

Este drama social que se ha creado por la banca y sus desmanes, ha sido fruto de una concesión de crédito fuera de los límites que marca la prudencia bancaria y unas tasaciones claramente hinchadas y dirigidas a la obtención de mayores beneficios. Todo ello bien aderezado con un proceso de ejecución hipotecaria desequilibrado, claramente favorable al acreedor debido a la actuación del lobby bancario y un órgano supervisor que ha sido como el mono del chiste, no veo, no oigo, no digo nada.














Eduardo Lizarraga
WWW.AQUIMICASA.NET


jueves, 12 de enero de 2017

"Annus horribilis" para la banca: ahora los gastos




Primero ha sido la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra las cláusulas suelo, en la que Bruselas ha dado un buen revolcón judicial a nuestro Tribunal Supremo;  ahora toca el turno a los gastos cobrados de forma abusiva a la hora de formalizar la hipoteca. Pero en este caso no veremos a nuestro Supremo en ridículo, porque el pasado mes de diciembre de 2015,  ya consideraron abusivo que el cliente pagara todos los gastos de la escritura hipotecaria. 

Con la cláusula suelo ya hay preparadas demandas colectivas y con la devolución de los gastos hipotecarios se están comenzando a preparar por parte de las asociaciones de consumidores. Y es que son otra vez unos cuantos miles de euros con los que los bancos,  en  complicidad con Gobiernos  y Banco de España, han vuelto a quedarse, metiendo la mano en nuestros ya magros bolsillos.

El Ejecutivo del PP no quiere que la situación le vuelva a pillar desprevenido y está preparando un decreto ley que de forma previsible se aprobará este próximo viernes. No ha contado para nada con las asociaciones de consumidores,  ni con la mayoría de los partidos políticos de la cámara, por lo que resulta previsible que las condiciones impuestas por el lobby bancario se hagan sentir.

La mayor parte del sector se está preparando para la que se avecina y bancos importantes como Santander, Bankia, Ibercaja y Sabadell ya han cambiado sus contratos hipotecarios asumiendo parte de los gastos que hasta ahora pagaba el cliente. Sin embargo, BBVA y Popular, afectados por la sentencia del Supremo, que consideró las cláusulas abusivas, están dispuestos a dar la batalla a sus clientes.

La sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA impone al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario.

El juez, en su sentencia, asegura que  es abusiva la cláusula  en la que se afirma que “son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente”.

Además, en la cláusula del BBVA,  objeto de la sentencia,  el prestatario autorizaba al Banco, para que este último le cargue en su cuenta las cantidades necesarias hasta la total inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, añadiendo los gastos, también a cargo del prestatario, y en caso de impago, por la reclamación judicial o extrajudicial de la deuda, incluidos honorarios de Abogado y Procurador, y ello aunque su intervención no sea obligatoria. Dichas cantidades quedarán incluso garantizadas con la propia hipoteca o garantía real, que no es otra que la vivienda.

De forma parecida, y en algún caso idéntica, se encuentra redactada dicha cláusula en la totalidad de los contratos de préstamo hipotecario. Porque, a diferencia de la cláusula suelo, que afecta a dos millones de hipotecas, esta otra cláusula abusiva afecta a todo el conjunto de las mismas. Y tenemos batalla para largo, porque la sentencia del Supremo no es muy esclarecedora en algunos aspectos; los impuestos serán lo más difícil de determinar en todas las demandas. Y después del revolcón económico que ha supuesto la cláusula suelo, la banca no va a ceder “gratis et amore”,  por lo que el paso por los tribunales parece casi imprescindible para que nos devuelvan lo nuestro. La banca teme que si no dificulta la devolución,  millones de clientes harán cola para recobrar su dinero y millones de euros volarán de las cuentas de resultados,  a los bolsillos de los consumidores.

De forma similar a lo ocurrido con las cláusulas suelo, redactadas en los contratos hipotecarios de diferentes formas,  estas cláusulas que endosan  al consumidor quiera o no,  todos los gastos derivados de la concertación y desarrollo del contrato, serán nulas; pero para ello será necesario que el prestatario o deudor realice la oportuna reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco y, si como se espera, la respuesta es negativa, proceda a demandar a la entidad bancaria ante los Juzgados. Esto es así, porque la nulidad declarada por el Tribunal Supremo, lo es en base a la falta de concreción en el propio contrato de préstamo, de los gastos, comisiones y tributos, quedando establecidos de manera genérica.

Los pasos a seguir por el usuario, si quiere recuperar los entre 3000 y 6000 euros de media,  son hacer una reclamación, en primer lugar, ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco o Entidad con quien se contrató el préstamo hipotecario, o en su caso, de la nueva Entidad que se haya fusionado o haya absorbido a aquél a quien se le pidió el dinero para la constitución de la hipoteca.

A los dos meses de dicha reclamación, haya contestado o no el Servicio de Atención al Cliente, y siempre que la respuesta, en caso de haberla, haya sido negativa, se podrá proceder a interponer la correspondiente demanda judicial ante el partido judicial del domicilio del prestatario o deudor o del domicilio social del Banco, indistintamente. En la demanda se solicitará la nulidad de la cláusula por abusiva, y la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto, los que deberán de ir perfectamente documentados con sus correspondientes facturas. Por el tipo de procedimiento que se ha de interponer, será necesaria la intervención de abogado y procurador.

 El Tribunal Supremo dice en su sentencia que, “en lo que respecta a la formalización de escrituras notariales e inscripción de las mismas, tanto el arancel de los notarios como el de los registradores de la propiedad, atribuyen la obligación de pago al solicitante del servicio de que se trate o a cuyo favor se inscriba el derecho. Y quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real, y adquiere la posibilidad de ejecución especial”.

Al no permitirse una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos producidos como consecuencia de la intervención notarial y registral, haciendo recaer su totalidad sobre el deudor, se genera un desequilibrio al consumidor, por lo que la cláusula es abusiva.

Además,  el Tribunal Supremo entiende que en referencia al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, el sujeto pasivo, es el Banco o Entidad prestamista. Es decir, el obligado al pago de dicho impuesto, tanto en lo que se refiere a su cuota fija –timbre del papel notarial-, como en su cuota gradual, es precisamente el Banco y no el prestatario o deudor hipotecario; por lo que es un tributo a incluir en la reclamación.

Importante es conocer  también el plazo que tenemos para reclamar que,  para aquéllas hipotecas que se encuentran todavía vigentes, es el de cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo, es decir, dicho plazo finalizará el 24 de diciembre de 2019; y para aquéllas que hayan sido totalmente abonadas, se podrá proceder a la reclamación, si su total pago se hizo dentro del plazo de los 4 años anteriores al 23 de Diciembre de 2015.

Este nuevo abuso bancario no es el último que encontraremos en los contratos hipotecarios,  y es que hasta veinte cláusulas abusivas pueden intercalar las entidades financieras  para hacerse con nuestro dinero y su beneficio.  Y mientras todos esto ha venido sucediendo en las últimas décadas, ni lo grandes partidos PP y PSOE, ni en Banco de España, han hecho nada para defendernos.  Ahora viene todo junto  y puede ser un “annus horribilis” para la banca. Ellos se lo han buscado.



 










Eduardo Lizarraga

WWW.AQUIMICASA.NET

jueves, 5 de enero de 2017

La incertidumbre política se reflejará en el inmobiliario



La segunda legislatura de Mariano Rajoy se abre llena de incertidumbres que tardarán en despejarse.  Tal vez la primera consista en la continuidad del tripartito, PP, PSOE y C’s, que lleva actuando un mes y que podría tener cuerda para el resto de la legislatura o no. El interrogante lo pone la crisis reinante en el Partido Socialista, que deberá resolverse en los próximos meses y que condicionará el devenir de la legislatura. Será muy diferente gobernar con  el PSOE de Susana Díez a hacerlo con el PSOE de Pedro Sánchez. La militancia tendrá la palabra, o deberá tenerla,  si se quiere que el partido prosiga y no se fraccione.

En todo caso la política de vivienda que ha seguido el PP durante estos últimos cuatro año s y que tiene marcadas sus líneas maestras, se va a ver influida por la participación de “socios” que ahora son necesarios.

La línea maestra de la política de vivienda del Partido Popular y que ha sido prorrogada por un año, dotándolo con 550 millones de euros,  ha sido el denominado “Plan de Vivienda 2013-2106”, con una apuesta clara por el alquiler dirigido a la población más desfavorecida,  en detrimento de las subvenciones a la VPO que marcaron las anteriores legislaturas. El Plan, dotado con más de 2.400 millones favoreció a más de medio millón de familias necesitadas.  

Los” buenos resultados obtenidos”, según el Ministro Portavoz, Íñigo Méndez de Vigo, ya están impulsando un nuevo plan, de características muy similares al prorrogado y que se tramitará para el periodo 2018-2021. Sin embargo, desde distintas organizaciones sociales critican esta continuidad, asegurando que el plan se ha quedado muy corto, con poco apoyo a una verdadera política de alquileres y dejando a muchas familias fuera. Tampoco todos los jóvenes pueden acceder al mismo y deben continuar viviendo con sus progenitores, hasta edades demasiado avanzadas, impidiendo la creación de nuevos hogares.  También los profesionales piden medidas necesarias para que la oferta y la demanda se equilibren, mayor seguridad jurídica, incentivos fiscales y la regulación del alquiler turístico.

Por su parte, el PSOE , en la campaña, propuso la aplicación de una tasa transitoria a viviendas desocupadas y garantías para el cobro del alquiler y, desde Ciudadanos ofrecieron fomentar sistemas de arbitraje, bonificar el IBI de las viviendas vacías que se alquilen y crear un contrato tipo. Unidos Podemos defendió la protección de los inquilinos, la introducción de mecanismos para asegurar la renta y la aprobación de un impuesto sobre viviendas vacías.

No parece que la política servil realizada por el partido de Rajoy con los bancos,  pueda seguir durante esta legislatura.  Su anterior mayoría absoluta  le permitió aprobar en solitario la reforma de la Ley Hipotecaria, que ha recibido varios varapalos desde Bruselas, la desaprobación de los partidos de la oposición  y el rechazo por insuficiente protección ante los desahucios de distintas organizaciones sociales.

El PP estaba preparando, en complicidad con el PSOE,  un código de buenas prácticas, que aprobaría el pasado día 30 de diciembre y tendría como objetivo  la devolución del importe de la cláusula suelo a los damnificados. El código de buenas prácticas sería de adhesión voluntaria para la banca que impuso estas prácticas abusivas a los usuarios. De acuerdo a las palabras del portavoz del Ejecutivo, los principales objetivos de este documento serían el de dar seguridad a los afectados e intentar resolver el problema de forma rápida. Lo que no decía Méndez de Vigo es que se contemplaba una quita para que los bancos agilizaran el pago de lo cobrado indebidamente. La sorpresiva sentencia de Bruselas, en contra de los bancos, ha impedido la nueva maniobra impuesta por el lobby bancario. 

Lo que tiene que hacer el Gobierno es obligar a los bancos a que cumplan la sentencia de Bruselas y crear un instrumento que facilite el cobro íntegro y rápido de las cantidades estafadas sin tener que recurrir a los Tribunales, con los gastos innecesarios y el colapso de la Justicia que ello supone.

El resto de los partidos se muestran más firmes en su política contra los abusos bancarios. Así, el PSOE se centró en prometer la eliminación automática de las cláusulas declaradas abusivas. Ciudadanos pidió una política de sanciones a la banca, en concreto a las entidades que ofrecieran a los consumidores préstamos irresponsables; y Podemos propuso cambiar el procedimiento de ejecución, con el fin de proteger a los deudores.

En cuanto a la dación en pago, no contemplada por el Partido Popular en inicio, ha sido traída por Ciudadanos, aunque de forma “light” para que la banca no tenga problemas de solvencia. Pero C’s iba mucho más allá en su programa electoral y defendía expropiación temporal del uso de la vivienda a la banca. El PSOE justificó la necesidad de normalizar la dación en pago a precio de préstamo y Podemos, que ésta se llevase a cabo con carácter retroactivo, además de que se prohibiesen los desalojos forzosos sin alternativa.

Las ayudas a la rehabilitación y ampliación también han ocupado un lugar importante en las discusiones para revitalizar el mercado inmobiliario y la construcción.  Y estarán presentes en el nuevo Plan de Vivienda buscando mejorar la calidad de la edificación, la accesibilidad universal, la eficiencia energética y la adecuación para la recogida de residuos y conservación.

Como sucede con todo lo público, tampoco la vivienda pública, gusta al partido de Mariano Rajoy, que suprimió los subsidios a los préstamos destinados a Viviendas de Protección Pública (VPO), recorte que llegó a más de 300.000 familias. Una medida, de carácter retroactivo, que  se vio complementada con la venta de diferentes promociones de vivienda pública a fondos buitre, como hizo Ana Botella en Madrid con las viviendas municipales del IVIMA.  Como era de esperar no hay ninguna propuesta del PP relacionada con estas viviendas sociales.

Por el contrario, las propuestas de la oposición sí que contemplaban medidas para mejorar el acceso y el número de este tipo de viviendas. Tanto PSOE y Ciudadanos han optado por construir VPO destinada preferente al alquiler. Asimismo, los socialistas proponen que el umbral de acceso a este tipo de inmuebles sea, como máximo, un tercio de la renta de los solicitantes. Por su parte, Unidos  Podemos exige prohibir la privatización del parque público de vivienda y la creación de figuras jurídicas para poder ceder el uso de estos pisos a la administración.

Debido a su imparable auge, los inmuebles destinados al alquiler turístico han sido incluidos dentro del Plan Integral del Turismo, en concreto, a través de medidas que buscan que esta modalidad de arrendamiento se realice en condiciones de calidad, transparencia y fiscalidad adecuadas. En esta misma línea, el PSOE ha reclamado una regulación específica para tales inmuebles, postura que comparten Ciudadanos y Podemos. Y es que la ilegalidad que rige en muchas de estas viviendas está causando profundos problemas en el sector por su opacidad ante Hacienda y la desprotección del viajero.

La fiscalidad de la vivienda siempre ha sido un punto a favor para la compra, pero desde el año 2013 no existen deducciones fiscales a la adquisición de vivienda en España. Esta medida continuará durante los próximos cuatro años para alegría de Montoro y preocupación para constructores y promotores.  Distinto proceso puede ser la vuelta del impuesto  sobre patrimonio, propuesto por el PSOE, Ciudadanos y Podemos, aunque con distintos tramos impositivos.

Todos los indicadores muestran la estabilización y mejora del mercado inmobiliario, tanto en el aumento de compraventas como en la consolidación al alza de los precios. Las medidas que tomen las distintas administraciones, comenzando por el Gobierno central pueden acelerar o retrasar esta recuperación…veremos.

Eduardo Lizarraga